Rendimientos de actividades profesionales: recibos, retención, IVA y e-SMM
Lo que deben saber al emitir recibos los profesionales independientes como abogados, ingenieros, consultores y médicos: cálculo de bruto a neto, retención, IVA y el recibo electrónico de actividad profesional.
Los rendimientos de actividades profesionales son los que se obtienen de una actividad profesional ejercida en nombre propio y sin depender de un empleador: abogacía, ingeniería, arquitectura, contabilidad, medicina privada, consultoría, traducción, etc. El documento de esta actividad no es una factura, sino un recibo de actividad profesional (serbest meslek makbuzu, SMM).
Tres cifras en el recibo
Suponga que acuerda con un cliente 40.000 TRY netos por un servicio de consultoría. Si el cliente es una sociedad, el recibo queda así:
| Partida | Importe |
|---|---|
| Honorario bruto | 50.000 TRY |
| Retención del impuesto sobre la renta (20 %) | −10.000 TRY |
| Honorario neto | 40.000 TRY |
| IVA (20 %, sobre el bruto) | 10.000 TRY |
| A cobrar | 50.000 TRY |
Para pasar de neto a bruto, el importe neto se divide entre 0,80; sumar un 20 % da una retención insuficiente. Para el cálculo: Calculadora de recibos profesionales
¿Cuándo se retiene?
Si el recibo se emite a una sociedad, empresa u organismo público, quien paga retiene el 20% del honorario bruto y lo ingresa en la oficina tributaria con la declaración de retenciones. Si el recibo se emite a un cliente particular (consumidor), no hay retención; se cobra el honorario íntegro y el impuesto se calcula en la declaración anual.
IVA
Los servicios profesionales están sujetos al tipo general de IVA del 20 %. El IVA se calcula sobre el honorario bruto. Si el comprador está entre los compradores designados y el servicio es de los tipos enumerados en el comunicado, también puede aplicarse la retención de IVA: Retención de IVA
Recibo electrónico de actividad profesional (e-SMM)
Una gran parte de los profesionales emite sus recibos de forma electrónica. El e-SMM se emite a través del portal de la GİB o de un integrador privado y se envía al cliente por correo electrónico o impreso en papel. Quién está obligado y cómo hacer el cambio: e-SMM y recibo electrónico de productor
Pagos a cuenta y declaración anual
Los profesionales pagan pagos a cuenta trimestrales y presentan una declaración anual del impuesto sobre la renta al final del año. La retención practicada por los clientes no se pierde: se deduce primero de los pagos a cuenta y el exceso del impuesto anual; si aún queda exceso, puede devolverse.
- Cálculo de los pagos a cuenta: Pagos a cuenta
- Guía de la declaración anual: Declaración anual del impuesto sobre la renta
Libros y gastos
Los profesionales llevan un libro de rendimientos profesionales. Los ingresos se determinan por criterio de caja: el importe por el que se emite un recibo y que se cobra es ingreso de ese año. Gastos como el alquiler de la oficina, el personal, el material, las publicaciones profesionales y la formación profesional pueden deducirse siempre que estén documentados. Qué gastos son deducibles: ¿Qué gastos son deducibles?
Errores frecuentes
- Calcular el bruto sumando un 20 % al neto. La retención queda corta; la diferencia se reclama a quien paga.
- Emitir un recibo con retención a un cliente particular. El cliente no ingresará la retención, así que los registros no coinciden.
- Cobrar un anticipo sin recibo. Por el criterio de caja, un anticipo cobrado también exige recibo.
Base legal: Ley del Impuesto sobre la Renta n.º 193 arts. 65–68, 94/2-b; Ley de Procedimiento Tributario n.º 213 art. 236.