Régimen simplificado: quién puede acogerse, la exención de rentas y el cambio de 2026
Requisitos de la tributación en régimen simplificado, la exención de rentas, libros y documentos, el cambio de ámbito de 2026 por la Decisión Presidencial n.º 10380 y el paso al régimen real.
El régimen simplificado sirve para aligerar la carga fiscal y contable de los pequeños comerciantes y artesanos. Los rendimientos de la actividad de quienes tributan por este régimen están exentos del impuesto sobre la renta; basta con conservar los documentos en lugar de llevar un libro de explotación. Sin embargo, desde 2026 su ámbito se ha reducido mucho.
¿Quién puede acogerse al régimen simplificado?
Según los artículos 47 y 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el contribuyente debe cumplir todos los requisitos siguientes:
- Ejercer la actividad en nombre propio en un local o como vendedor ambulante,
- Que el alquiler o el alquiler equivalente del local no supere el límite legal (límites distintos dentro y fuera de los términos de los municipios metropolitanos),
- Que las compras, ventas o ingresos anuales no superen los límites legales,
- No tributar en régimen real por otra actividad empresarial, agrícola o profesional.
Los límites se actualizan cada año con el coeficiente de revalorización. Algunas actividades pueden excluirse del régimen simplificado por decisión presidencial aunque se cumplan los requisitos.
¿Qué cambió en 2026?
Con la Decisión Presidencial n.º 10380 (Boletín Oficial de 9 de septiembre de 2025) y su modificación por la Decisión n.º 10679, desde el 1 de enero de 2026 las siguientes actividades en distritos de más de 30.000 habitantes de provincias con municipio metropolitano tributan en régimen real:
- Fabricación de bienes,
- Comercio de bienes (salvo la venta al por menor en mercados o por vendedores ambulantes sin local fijo),
- Trabajos de construcción,
- Mantenimiento y reparación de vehículos de motor,
- Restaurantes y establecimientos similares de comida y bebida,
- Locales de ocio y entretenimiento,
- Transporte urbano de pasajeros.
En estos distritos, los comerciantes de antiguas aldeas y pueblos convertidos en barrios por las Leyes n.º 5216 y 6360 con una población no superior a 2.000 habitantes pueden seguir en el régimen simplificado, salvo en el transporte urbano de pasajeros. La población se basa en las últimas cifras publicadas por TÜİK a final del año anterior. La Administración Tributaria explicó las reglas en la Circular del Impuesto sobre la Renta n.º 100 de 29 de diciembre de 2025; también pidió a los contribuyentes que pasan al régimen real que obtengan una dirección de notificación electrónica.
Obligaciones en el régimen simplificado
- Exención de rentas: los rendimientos de la actividad determinados en el régimen simplificado están exentos del impuesto sobre la renta. Si todas las rentas proceden del régimen simplificado, no se presenta declaración anual.
- Documentos: se conservan los documentos de compra; por las ventas se emite un recibo, una factura o un ticket de caja registradora.
- Otros impuestos: la exención solo afecta al impuesto sobre la renta. Si hay empleados, se mantienen las obligaciones de retención y de la SGK, así como los demás impuestos que correspondan.
Paso al régimen real
Los comerciantes que pierden uno de los requisitos o quedan afectados por el cambio de 2026 tributan en régimen real. En ese caso:
- Libros: se llevan libros en el sistema de libro de explotación; si se superan los límites, se aplica la contabilidad por balance: ¿Balance o libro de explotación?
- Pagos a cuenta y declaración anual: se hacen pagos a cuenta trimestrales y se presenta una declaración anual al final del año.
- Notificación electrónica y documentos electrónicos: la dirección de notificación electrónica pasa a ser obligatoria; según la facturación y el sector, pueden surgir obligaciones de factura y archivo electrónicos: Obligación de factura electrónica
- Se mantiene el uso de la caja registradora y el TPV: Cajas registradoras y EFT-POS
Para los pequeños negocios que se crean nuevos en régimen real pueden considerarse opciones como la exención para jóvenes emprendedores: Exención de rentas para jóvenes emprendedores
Volver al régimen simplificado
Si la población del distrito baja después del umbral, el contribuyente que cumpla los requisitos legales durante dos períodos consecutivos puede solicitar a la oficina tributaria, hasta final de enero, volver a acogerse al régimen simplificado desde el inicio de ese año.
Preguntas que nos hacen
Soy inquilino; ¿el límite de alquiler es el alquiler bruto? El límite se aplica al alquiler anual; si el local es suyo, se toma el alquiler equivalente.
Tributo en régimen simplificado y además trabajo para una empresa. Sus rendimientos del trabajo no impiden el régimen simplificado; pero tributar en régimen real por otra actividad empresarial pone fin al régimen simplificado.
Base legal: Ley del Impuesto sobre la Renta n.º 193 arts. 46–51 y art. 20/B repetido; Decisiones Presidenciales n.º 10380 y 10679; Circular del Impuesto sobre la Renta n.º 100 de la Administración Tributaria.