Mediación obligatoria en el derecho laboral: ¿cómo deben prepararse los empleadores?
La mediación como requisito previo de las demandas laborales: para qué reclamaciones es obligatoria, plazos, asistencia a las reuniones, la preparación del empleador, el efecto del acta de acuerdo, los aspectos fiscales y de la SGK y los errores frecuentes.
Cuando uno de sus empleados quiere demandar por indemnización, horas extraordinarias o readmisión, primero debe pasar por la mediación. Para el empleador, este procedimiento es una oportunidad de resolver el conflicto sin ir a juicio y con menos coste. Pero acudir sin preparación puede convertir la oportunidad en un riesgo.
¿Para qué conflictos es obligatoria?
- Reclamaciones de créditos del trabajador o del empleador y de indemnizaciones basadas en la ley o en un contrato individual o colectivo (indemnización por antigüedad, preaviso, horas extraordinarias, vacaciones, festivos, etc.),
- Reclamaciones de readmisión.
Las reclamaciones de indemnización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y las acciones de determinación, oposición y repetición relacionadas, no están sujetas a la mediación obligatoria.
El procedimiento paso a paso
| Paso | Plazo y contenido |
|---|---|
| 1. Solicitud | El empleado acude a la oficina de mediación del juzgado; para la readmisión, en el plazo de un mes desde la notificación del despido |
| 2. Designación del mediador | La oficina designa un mediador de la lista; se contacta a las partes por teléfono, correo electrónico o notificación formal |
| 3. Reunión | El mediador reúne a las partes; las conversaciones son confidenciales |
| 4. Duración | Tres semanas desde la solicitud; si es necesario, una prórroga de como máximo una semana |
| 5. Resultado | Se levanta un acta final de acuerdo o desacuerdo |
| 6. Demanda | Si no hay acuerdo, el empleado puede demandar en el plazo legal desde la fecha del acta final |
No asistir sale caro
La parte que no asiste a la primera reunión sin causa justificada carga con todas las costas judiciales del pleito posterior, aunque gane total o parcialmente, y no se le reconocen honorarios de abogado. Por eso responda siempre a la invitación; si no puede asistir, designe a un representante autorizado o a un abogado.
La preparación del empleador
Prepare el siguiente expediente antes de la reunión:
- Cálculo: calcule todas las partidas que el empleado podría reclamar según sus propios registros: Indemnización por antigüedad · Preaviso · Horas extraordinarias
- Documentos: contrato de trabajo, nóminas, justificantes de pago bancario, hojas de asistencia y registros de entrada y salida, registro de vacaciones, carta de despido, actas de descargos.
- Evaluación del riesgo: ¿se basa el despido en una causa válida y se siguió el procedimiento? Despido por el empleador
- Facultades: quien asista debe estar facultado para representar a la sociedad y llegar a un acuerdo (certificado de firmas o poder).
- Límite: decida de antemano hasta qué importe está dispuesto a llegar a un acuerdo.
Efecto del acta de acuerdo
- El acta de acuerdo firmada por las partes y el mediador tiene la consideración de documento con fuerza de sentencia judicial; si no se paga, puede ejecutarse directamente.
- Las partes no pueden demandar después por los asuntos acordados. Por eso el acta debe enumerar cada reclamación cubierta, una por una, con su importe.
- Pagar por banco y en la fecha indicada en el acta evita conflictos posteriores.
Aspectos fiscales y de la SGK
Los importes pagados en virtud del acuerdo se valoran por separado según su naturaleza: la indemnización por antigüedad está exenta del impuesto sobre la renta dentro del límite; los pagos de naturaleza salarial, como las horas extraordinarias y las vacaciones, están sujetos a retenciones y cotizaciones. El acta debe indicar claramente si los pagos son brutos o netos y a qué partida corresponden. En los acuerdos de readmisión también es importante distinguir la indemnización por no readmisión y el salario del período de inactividad.
El código de baja del empleado en la SGK debe ser coherente con el contenido del acuerdo: Códigos de baja de la SGK
Errores frecuentes
- No tomarse en serio la invitación del mediador o no asistir a la reunión,
- Acordar «X TRY en total» sin separar las partidas del pago,
- Dejar abiertas reclamaciones no cubiertas por el acuerdo,
- Pagar en efectivo.
Al margen de la mediación, la validez de los finiquitos firmados tras el fin de la relación está sujeta a reglas propias: Finiquito liberatorio
Base legal: Ley de Juzgados de lo Social n.º 7036 art. 3; Ley n.º 6325 de Mediación en Conflictos Civiles; Ley del Trabajo n.º 4857 art. 20.