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Impuestos · Publicado: 28 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

Qué hacer cuando llega una carta de inspección tributaria o de requerimiento de documentos

Los pasos que debe seguir el contribuyente desde el primer día cuando empieza una inspección tributaria o recibe una carta de requerimiento de información y documentos, sus derechos y una lista de preparación.

Una carta de la administración tributaria inquieta al principio a la mayoría de los empresarios. Sin embargo, leer bien el tipo de carta y gestionar con orden la primera semana suele decidir el resultado. Este artículo explica paso a paso cómo actuar desde que recibe una carta de inspección o de requerimiento de documentos.

1. Identifique el tipo de carta y su fecha

Carta Significado
Requerimiento de información y documentos (VUK art. 148) Solicitud de explicaciones y documentos sobre un asunto concreto; puede que no haya empezado una inspección
Invitación a aclarar (VUK art. 370) La administración tiene una constatación preliminar; una oportunidad de explicarse antes de que empiece una inspección
Carta de inspección / requerimiento de presentación de libros y documentos Un inspector tributario ha iniciado una inspección

Las cartas enviadas por notificación electrónica se consideran notificadas al final del quinto día desde que llegan a su buzón electrónico; los plazos corren desde esa fecha. Para calcular el último día: Plazo y último día

La invitación a aclarar tiene reglas propias: Invitación a aclarar y regularización voluntaria

2. Informe a su contable el mismo día

Envíe una copia de la carta junto con una captura de pantalla que muestre la fecha de notificación. Lo primero es determinar a qué impuesto y período se refiere la carta y qué se pide.

3. Reúna los documentos

Para el período requerido, suelen necesitarse:

  • Libro diario, libro mayor y libro de inventario, o archivos del e-Defter y sus certificados
  • Facturas de compra y venta, listados de e-Arşiv y e-Fatura
  • Extractos bancarios, registros de caja
  • Contratos (arrendamiento, servicios, compraventa), albaranes, registros de existencias
  • Declaraciones presentadas y justificantes de liquidación

Entregue copias de los documentos; si se le piden los originales, obtenga un acta de entrega.

4. Revise los registros con sus propios ojos

Si el objeto de la inspección está claro (por ejemplo, compras a un proveedor concreto, una devolución de IVA, la cuenta de caja), es ahí también donde debe mirar antes que el inspector. Si hay una incoherencia, documente el motivo; si hay un error que corregir, valore sus opciones con su contable.

5. Cumpla el plazo; si necesita más tiempo, pídalo por escrito

No presentar a tiempo los libros y documentos puede llevar a determinar la base imponible por estimación, al rechazo de las deducciones del IVA y a sanciones más graves. Si algunos documentos no pueden prepararse a tiempo, solicite por escrito una prórroga con sus motivos.

Sus derechos durante la inspección

  • Información: tiene derecho a conocer el objeto y el alcance de la inspección.
  • Actas: las reuniones con el inspector se recogen en actas. Léalas antes de firmar; puede formular reservas sobre las partes con las que no esté de acuerdo y pedir que se recojan las explicaciones a su favor.
  • Representación: su contable o abogado puede representarle en el procedimiento.
  • Duración: por regla general, las inspecciones se terminan en 1 año las completas y en 6 meses las demás; pueden prorrogarse con motivos.

Después de la inspección

A partir del informe de inspección puede emitirse una notificación de impuesto y sanción. En esta fase hay tres vías: el pago con reducción de la sanción, una solicitud de conciliación o el recurso judicial. Opciones y plazos: Inspección tributaria e invitación a aclarar · Escrito de solicitud de conciliación · Solicitud de reducción de la sanción

Para ver de antemano la posible sanción: Sanción por pérdida de impuesto

Lo que no debe hacer

  • Dejar la carta sin respuesta dentro del plazo.
  • Intentar presentar una declaración con regularización voluntaria una vez iniciada la inspección: iniciada la inspección, no pueden usarse las disposiciones de regularización voluntaria.
  • Modificar registros con carácter retroactivo o «completar» documentos.

Base legal: Ley de Procedimiento Tributario n.º 213 arts. 134–141 (inspección tributaria), art. 148 (requerimientos de información), art. 30 (estimación de la base), arts. 370–371, art. 376; Reglamento sobre los procedimientos y principios de la inspección tributaria.