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Seguridad social y nóminas · Publicado: 28 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

Situación de los socios ante la seguridad social: ¿Bağ-Kur o SSK?

La situación de aseguramiento de los socios de sociedades limitadas y anónimas, la cotización a Bağ-Kur, el socio empleado por la sociedad, el administrador no socio, el socio jubilado y preguntas frecuentes; una tabla por tipo de sociedad.

La primera pregunta de muchos emprendedores que constituyen una sociedad es: «¿Me darán de alta en Bağ-Kur al hacerme socio?». La respuesta depende del tipo de sociedad y de su papel en ella.

Situación por tipo de sociedad

Persona Seguro
Socio de una sociedad limitada (sea o no administrador) 4/b (Bağ-Kur)
Accionista de una sociedad anónima que es miembro del consejo 4/b (Bağ-Kur)
Accionista de una sociedad anónima que no es miembro del consejo La participación no genera aseguramiento
Socio de una sociedad colectiva 4/b (Bağ-Kur)
Socio colectivo (de responsabilidad ilimitada) en una comanditaria 4/b (Bağ-Kur)
Administrador o consejero asalariado que no es socio 4/a (asalariado)

La condición de socio se comunica automáticamente a la SGK con la inscripción en el registro mercantil, y el seguro de Bağ-Kur empieza en la fecha de inscripción. No hace falta solicitarlo aparte; no obstante, recomendamos comprobar su registro en e-Devlet.

Cotización a Bağ-Kur

El socio asegurado en Bağ-Kur paga la cotización por sí mismo. La cotización se calcula sobre una base elegida entre un mínimo y un máximo; a quienes pagan con regularidad se les aplica una reducción de 5 puntos. Detalles e importes de 2026: Cotización a Bağ-Kur 2026 · Calculadora de cotización a Bağ-Kur

Un asegurado con deudas de cotización a Bağ-Kur no puede, por regla general, usar los servicios del seguro general de salud, y los días con deuda no cuentan para la jubilación. Por eso es importante controlar el pago de las cotizaciones.

Supuestos

1. «Soy asalariado en otra empresa y también me he hecho socio de una sociedad limitada.» Cuando una actividad entra a la vez en 4/a y 4/b, la Ley da prioridad a 4/a (empleo asalariado). En este caso no se genera cotización a Bağ-Kur; sin embargo, si termina su empleo, empieza a correr el seguro de Bağ-Kur. Compruebe que su registro aparece correctamente en la SGK.

2. «Quiero cobrar un sueldo de mi propia sociedad limitada.» Un socio administrador puede percibir un sueldo de la sociedad; está sujeto al impuesto sobre la renta y al impuesto de timbre. Solicitar el aseguramiento como asalariado 4/a en la propia sociedad es controvertido en la práctica y puede no ser aceptado por la SGK. Valoremos juntos su situación antes de tomar este camino.

3. «Estoy jubilado y quiero constituir una sociedad.» La participación de alguien que cobra una pensión no detiene la pensión; sin embargo, puede surgir la obligación de la cotización de apoyo a la seguridad social. Las reglas varían según el tipo y la fecha de la jubilación: Emplear a jubilados

4. «Estoy en una sociedad anónima pero no en el consejo.» Ser solo accionista no genera aseguramiento en Bağ-Kur.

5. «Dejé de ser socio pero siguen llegando deudas de Bağ-Kur.» Cuando la transmisión de participaciones se inscribe en el registro mercantil, terminan la condición de socio y el seguro de Bağ-Kur. Si la inscripción se retrasa, la deuda de cotizaciones sigue acumulándose: Transmisión de participaciones en una sociedad limitada

Responsabilidad por las deudas de la sociedad con la SGK

Los administradores y representantes legales de la sociedad también pueden responder de las deudas de cotizaciones impagadas de la sociedad en las condiciones previstas en la Ley. La responsabilidad de los socios de una sociedad limitada por créditos públicos se regula aparte: Deuda de cotizaciones con la SGK

Lista de comprobación

  • Tras inscribirse la condición de socio, ¿aparece el registro de Bağ-Kur en e-Devlet?
  • Si trabaja en otro lugar como asalariado 4/a, ¿es coherente con ello el registro de la SGK?
  • ¿Se pagan con regularidad las cotizaciones a Bağ-Kur?
  • Al dejar de ser socio, ¿se inscribió la transmisión de participaciones?

Base legal: Ley n.º 5510 arts. 4/1-b, 53 y 88; Ley n.º 6183 art. 35 y art. 35 repetido.