Cómo se calcula
Introduzca las pérdidas con signo menos (p. ej., −400.000).
Base legal: Ley del Impuesto sobre Sociedades, arts. 9 y 20; Ley del Impuesto sobre la Renta, art. 88.
Compensa las pérdidas de la más antigua a la más reciente dentro del límite de 5 años; muestra las pérdidas pendientes y caducadas.
Introduzca las pérdidas con signo menos (p. ej., −400.000).
Base legal: Ley del Impuesto sobre Sociedades, arts. 9 y 20; Ley del Impuesto sobre la Renta, art. 88.